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Apoyo económico por un monto total de $15,000.00 para el beneficiario designado por el socio finado.
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El socio finado deberá haber tenido en su cuenta de ahorro adulto y/o garantía líquida, un saldo igual o mayor a $1,500.00 (Mil quinientos pesos 00/100 m.n.) al momento de su deceso y que no sea depositado de último momento.
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Socios de recién ingreso, en caso de muerte accidental o violenta no requerirán la antigüedad de 6 meses, pero sí el saldo mínimo en ahorro de $1,500.00 (mil quinientos pesos 00/100 m.n.).
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En caso de socios finados con créditos no deberán de rebasar los 60 días de morosidad, incluyendo los créditos de un solo pago.